LOS NEGOCIOS TIENEN OBLIGACIÓN DE RECIBIR TARJETA DE DÉBITO
- Mirna
- 11 jun 2019
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Como el débito es un medio de pago equivalente al efectivo, los comercios no pueden cobrar un monto adicional por su uso. Si al consumir el comercio ofrece un descuento por pagar en efectivo o no tiene terminal de cobro bajo esta modalidad, el usuario puede denunciar a través del celular.
La denuncia se inicia con el escaneo del código QR que figura en el Formulario 960 del local. Al hacerlo, el usuario será derivado a la información del comercio para hacer la denuncia, indica la web de la AFIP. El organismo evaluará el caso y podrá aplicar sanciones.
Quienes incumplan, pueden recibir multas de entre $300 y $30.000, y clausuras de entre 3 y 10 días.
La medida se enmarca en la ley 27.253, promulgada el 10 de junio de 2016.
En su artículo 10, la norma establece que quienes “realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios que el poder Ejecutivo nacional considere equivalentes”.

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